El Ejército deberá incorporar un 1% de personas travestis, transexuales y transgénero. Este mediodía se les pidió a los comandantes, directores generales, directores y jefes de elemento que informaran la situación existente con el objeto de realizar un diagnóstico.
Esto se produce a partir del decreto N°721/20, que dispuso que, en el Sector Público Nacional, en los términos del artículo 8 de la Ley N°24.156, "los cargos de personal deberán ser ocupados en una proporción no inferior al 1% de la totalidad de los mismos de personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad".
Fuente: /www.eltribuno.com/
27 de abril - ITATI
Vicente Mendieta 1597 // (03775) 424620
26 de abril - FARMACIA DEL ESTE 2
Juan Domingo Perón 146 // (03775) 423600