| 07/11/2019
El nuevo Código Procesal Penal se aplicará primero en la circunscripción judicial que incluye a Monte Caseros
En la sesión de la Cámara de Senadores de hoy se aprobó por unanimidad la nueva normativa que regirá en los procesos penales de la provincia. Se trata de la renovación de lo sancionado en 1971. Se aplicará primero durante dos años en la 4ta. circunscripción judicial que abarca a Monte Caseros y luego se aplicará en toda la provincia.

1) Sustituye a un Código procesal quedata de 1971de un Gobierno de facto, con 599 artículos; el nuevo tiene 482

2) Instaura el proceso acusatorio: el fiscal investiga, el juez juzga (art. 2).

3) Introduce el Principio de Oralidad. De ahora en más en los procesos judiciales primará la oralidad, sin excluirse la escritura (art 318).

4) Instaura el proceso de flagrancia, que acelera los tiempos de la Justicia, en un mes debe juzgarse la situación del imputado (*). (art.228,385, 390)

5) Justicia en plazo razonable (art 18); plazo máximo de duración del proceso: 3 ó 6 años (art. 145)

6) Juicio por Jurados (art 307).

7) El fiscal podrá eximir a la policía, total o parcialmente, de recibir denuncias, en los lugares en los que tenga disponible una oficina que garantice el derecho a denunciar (art. 275).

8) Juicio Abreviado (art 374). Acuerdo entre fiscal e imputado para una acusación que incluya la solicitud de pena, acordada por las partes.

9) Videoconferencia. En algunos casos las declaraciones podrán realizarse mediante este sistema (art 326).

10) El Código Procesal Penal se implementará en los dos años siguientes sólo en la cuarta circunscripción judicial, cuya cabecera es Paso de los Libres; recién al tercer año se implementará en toda la provincia (Primera disposición transitoria).

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