| 30/04/2021
Alberto Fernández anunció medidas: “debemos hacer un nuevo esfuerzo”
El Presidente de la Nación dio detalles del nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia a través de un mensaje grabado. En el comunicado, anunció medidas para intentar reducir la circulación de personas ante el avance de la segunda ola de coronavirus.

Alberto Fernández dio a conocer este viernes las nuevas restricciones ante el avance de los casos positivos de coronavirus. El Presidente confirmó que en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) las clases continuarán siendo virtuales y los comercios deberán cerrar a las 19. Las medidas regirán hasta el 21 de mayo.

“Hay zonas del país que están en situación de alarma epidemiológica, en donde el sistema de salud está muy tenso. Allí, los locales comerciales funcionarán hasta las 19 y luego, en el caso de la gastronomía, podrá continuar con envíos a domicilio durante el día. Solo podrán atender a sus clientes en espacios al aire libre. No se puede circular entre las 20 y las 6 y el dictado de clases será exclusivamente a distancia”, afirmó el mandatario y añadió: “se mantendrán hasta el 21 de mayo las mismas medidas vigentes”.

“Todo este esfuerzo lo estamos haciendo para retomar en esta zona la presencialidad cuando los índices sanitarios así lo indiquen. Hoy hay más de 20 provincias con clases presenciales. Para nosotros la educación es prioridad”, sostuvo el jefe de Estado.

MEDIDAS PARA EL AMBA

Se suspenden las siguientes actividades:

Centros comerciales y shoppings.
Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.
Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.
Restricción en ámbito educativo.
Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles.
DEPORTES: Se prohíben los deportes grupales.
Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
HORARIO DE CIERRE GASTRONOMIA: entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.
PROHIBICION DE CIRCULACION: Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)
TRANSPORTE PUBLICO: solo para esenciales y autorizados.

Fuente: Diario Época

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