| 22/11/2024
Despido indirecto
Por motivos económicos y de reestructuración empresarial, una firma cerró la sucursal que tenía en Paso de los Libres, donde prestaba servicios L, y ofreció trasladarla a la planta de Monte Caseros, distante a 116 kilómetros.

Para mantener su trabajo, la empleada debía radicarse en otra localidad con su familia –integrada por 3 hijos menores de edad-. Ante esa situación, la trabajadora se dio por despedida y solicitó una indemnización laboral.

La Corte Provincial rechazó el planteo de la empresa. Indicó que no se tuvo en presente el principio del mínimo perjuicio posible. Frente a un cambio de esas características –incluida la movilidad geográfica-, la firma tenía la carga de ofrecer una compensación, sostuvo el Ministro doctor Fernando Augusto Niz.

Fuente: El Litoral

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