| 29/09/2016
Procesaron a los policías acusados de abusar de un joven en una comisaría
José Abel Aguirre, Ricardo Alberto Ramírez y José Ricardo Romero fueron procesados por los delitos de abuso sexual con acceso carnal doblemente calificado. En tanto que Leandro Ezequiel Blanco y Alejandro Eduardo Morales, por resultar a prima facie responsables materiales del ilícito de omisión funcional.

Finalmente procesaron a los cinco policías pertenecientes al Grupo Grim Nº 3 que eran investigados por el abuso a un joven que se encontraba circunstancialmente demorado en la Comisaría Cuarta de la capital correntina el pasado 7 de agosto, por causar disturbios a la salida de un boliche del barrio Aldana.

La doctora María Josefina González Cabañas a cargo del Juzgado de Instrucción Nº 3 ordenó el procesamiento de José Abel Aguirre por resultar prima facie responsable en calidad de autor material de los delitos de abuso sexual con acceso carnal doblemente calificado (por la participación de más de dos personas y la calidad de funcionario público); el que concurría realmente con el delito de vejaciones (arts. 119 tercer párrafo en función del cuarto párrafo incisos d) y e); 144 bis inciso 2°; 55 y 45, todos del Código Penal Argentino).

También ordenó el procesamiento de los imputados Ricardo Alberto Ramírez y José Ricardo Romero por resultar a prima facie responsables como autores materiales de los delitos de abuso sexual con acceso carnal doblemente calificado en calidad de partícipes necesarios, ilícitos que concurren realmente con el delito de vejaciones, (arts. 119 tercer párrafo en función del cuarto párrafo incisos d) y e); 144 bis inciso 2°, 55 y 45, todos del Código Penal).

Además se ordenó el procesamiento de los imputados Leandro Ezequiel Blanco y Alejandro Eduardo Morales, por resultar a prima facie responsables materiales del ilícito de omisión funcional (art. 144 cuarto inciso 1° y 45 del C.P.)
De ese modo, la titular de la dependencia judicial convirtió en prisión preventiva la actual detención de los imputados.
Finalmente, se dictó auto de falta de mérito a favor de los cinco imputados del delito de privación abusiva de la libertad (art. 144 bis inciso 1° del C.P.)

Estos integrantes del Grupo Grim Nº 3 fueron denunciados por un joven, que el 7 de agosto pasado se encontraba circunstancialmente demorado por personal policial perteneciente a esa repartición.

“Se produjo un cúmulo importante de pruebas. El expediente ya cuenta con 5 cuerpos. Las pruebas fundamentales son los informes médicos legales y psicológicos, declaraciones de la víctima y los médicos del cuerpo médico forense. Hay libros de actas, registros fílmicos. Todo lleva a esta decisión”, precisó González Cabañas en declaraciones a Radio Dos.

La Magistrada resaltó las diferencias de los informes médicos, cuestionados en algún momento: “Son informes diferentes: el primero es de la revisión externa como parte protocolar de la actuación policial una vez que el joven fue demorado. Esa médica la realiza en presencia de los policías y hace una revisión externa, superficial. Y como era una aprehensión normal, la médica no revisó las partes íntimas de la persona. La otra revisión fue la denuncia ante la Fiscalía, entonces el Fiscal ordena esa exhaustiva donde se constató 34 lesiones: 32 de golpes de puño y de otro tipo, y dos lesiones genitales”.

Fuente: El Litoral

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