“La defensoría del pueblo de Corrientes fue la primera en atacar la resolución porque entendemos que es inconstitucional, la organización del estado es promover el bienestar general y el aumento de la tarifa de la energía en una provincia donde máximo tenemos 38 grados, es imposible” expresó.
“El Estado nacional no puede decir que estamos en un estado de emergencia hídrica y aumentarnos por el otro lado la energía, entendíamos que violaba el principio de coherencia del estado y afectaba el bienestar general” manifestó.
“Fuimos a la justicia federal, existen dos posiciones que dice que los defensores de provincia no podemos atacar normativas nacionales, por lo que no nos quedó otra que apelar la medida, y está hace 30 días en cámara de apelaciones” sostuvo.
“Creo que se expidió la Corte Suprema de Justicia una vez donde determinó que el único defensor que es apto es el de la nación, pero ahora el cargo está vacante” mencionó.
Sin audiencia pública
“Nos referimos solo a la situación de Corrientes por las altas temperaturas, pedimos que sea inaplicable para la provincia” mantuvo.
Reclamos más habituales
“Por foto multas, en ése caso le reclamamos al municipio, que tiene potestad de aplicar sanciones en el ejido urbano, pero se tiene que determinar si se pone este tipo de cosas para recaudar o para prevenir accidentes o mejorar la circulación vial. Por lo que planteamos que no sea sólo con fines recaudatorios, sino para prevención vial” detalló.
“Otro tema es electricidad, por boletas, por postes caídos, o por agua potable también, telefonía celular, fija, basurales a cielo abierto” cerró el doctor Vallejos Tressens.
Fuente: Radio Dos
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